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Estudiantes opinan sobre el dictamen de nueva Ley Universitaria

Corresponsales.pe presenta columnas para conocer qué plantean los universitarios.

Publicado: 2014-01-16

Con el objetivo de mostrar diferentes puntos de vista sobre el dictamen de nueva Ley Universitaria, Corresponsales.pe inicia la publicación de una serie de opiniones estudiantiles sobre el mencionado dictamen. 

En esta primera publicación, participan Julio Cáceda de la Universidad Católica, Teodoro Arévalo de la Universidad de San Marcos y Martín Gallardo de la Universidad del Pacífico:


La Educación Superior como derecho y productora de bienes públicos 

Por: Julio Cáceda (Pontificia Universidad Católica del Perú)

“La educación es un derecho. Es el desarrollo de conocimientos, habilidades y capacidades para el florecimiento individual y colectivo. Es decir, es la forma por la cual los seres humanos ampliamos nuestras posibilidades y horizontes para elegir un determinado estilo de vida en sociedad. Por eso es un derecho: una persona que no pueda acceder a la educación se ve marginada a una reducida gama de conocimiento y capacidades, y, por tanto, menores posibilidades para poder realizarse individual y colectivamente. 

Se piensa que mediante la Educación Superior se desarrollan conocimientos y competencias para la especialización en una determinada profesión o rama laboral. Pero no sólo se trata de generar medios económicos para vivir, sino del desarrollo pleno de nuestra libertad: es el cultivo de nuestra humanidad (los sentidos, la imaginación y el pensamiento), de la reflexión crítica acerca de la planificación de nuestra propia vida y de la conciencia de que somos parte de una sociedad con la cual tenemos deberes y derechos (ciudadanía).

La Educación Superior no sólo promueve el bienestar individual, sino también el colectivo. Es motor de desarrollo para la colectividad en su conjunto, pues no solo es transmisión de conocimientos (formación) sino también creación y profundización de los mismos (investigación) al servicio de la sociedad. Así, la Educación Superior produce bienes públicos, de los que toda la sociedad se beneficia. Por todo ello, la Educación Superior es un derecho y brindarla es un servicio público.

Garantizar el acceso a una educación de calidad no solo significa velar por que nadie se vea restringido de poder acceder a ella (concepto de “derecho negativo”), sino que el Estado mismo debe brindar dicho servicio público de forma gratuita, otorgando los recursos necesarios para su sostenibilidad y fortalecimiento. La educación no es una mercancía ni un bien de consumo: no podemos discriminar a las personas en función del dinero que tienen ni negarle el acceso a ella a quienes no pueden pagarla. Por ello, es deber del Estado brindar una educación pública, gratuita y de calidad.

El Estado es garante de derechos y debe establecer las regulaciones necesarias para que todos puedan acceder a una educación de calidad. Incluso las instituciones educativas privadas brindan un servicio público, por lo que también deben encontrarse bajo la regulación del Estado. Cuando no existe una adecuada regulación y supervisión, dichas instituciones desvirtúan sus fines y se deja de lado la naturaleza de la educación. Y eso es lo que ha pasado en el Perú” 

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¿Qué modelo de universidad debe construir una eventual reforma?

Por: Teodoro Arévalo (Universidad Nacional Mayor de San Marcos)

“El presente nos ubica inmersos dentro de una “sociedad del conocimiento”, la cual sitúa a éste como herramienta para alcanzar la igualdad entre los ciudadanos, de ahí que, no puede haber nada más anti-democrático que una educación que no sea de calidad, puesto que ello llevaría a agudizar las desigualdades, agrandar las brechas y terminar por generar un estado no cohesionado.

Sobre esta premisa, estableceré un rápido diagnóstico de la universidad peruana: En 1876, la reforma liberal del gobierno de Pardo moderniza la educación superior llevando el modelo de facultades y escuelas profesionales; luego, y como consecuencia de la reforma de Córdoba de 1918, se institucionaliza el co-gobierno, y se busca una universidad “popular”. Es ahí que la aristocracia, que se oponía a la laicización, decide buscar sus propios espacios y aislarse frente al advenimiento del “desborde popular”, y así, se crea la PUCP, la primera universidad asociativa (sin fines de lucro) del país, luego le seguirían la Universidad Pacífico, la USMP y la Universidad de Lima y la Universidad Cayetano Heredia (de una singular historia de fundación). La década de 1960 es de una intensa politización de los espacios universitarios, sobre todo en el seno de la universidad pública que es vista por entonces como una suerte campo de cultivo de militancia para llevar a cabo la revolución socialista. Así transitamos las décadas del 70 y 80 en las que la violencia política azota al país. Los años 90 abren el paso a la privatización de la educación superior,debida a la introducción del neoliberalismo más burdo llevado a cabo por el Fujimorismo, con la promulgación del D.L. 882 del año 1996 que estipuló la creación de universidades societarias con explícitos fines de lucro.

El marco legal que rige el funcionamiento de estas instituciones es de 1983. ¿Qué tipo de universidad conviene diseñar para el Perú de ahora y del futuro? Personalmente, diría que, debido al divorcio que ha tenido el estado con la educación superior, y ésta, con la sociedad, se debe volver a construir puentes entre estado, universidad y sociedad. ¿Cómo? Pues con una política de inversión mayor en este rubro; gestiones universitarias que prioricen la calidad académica siendo rigurosos en el acceso a la carrera docente (situando los grados y títulos como criterios de selección más importantes, acabando así con el clientelismo) e incentivando investigación científica que sea pertinente con la realidad del país para abrir las puertas a un nuevo modelo de desarrollo y salir del actual: primario-exportador. Por último, y puesto que no se debe perder el vista el papel integrador de la educación, la universidad debería generar el dialogo intercultural sobre una plataforma de igualdad entre los ciudadanos, fortalecer las políticas de reconocimiento y rescatar los saberes ancestrales no-occidentales para, de este modo, contribuir a re-conocer el Perú y refundarlo”

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Tres al Hilo  

Por Martín Gallardo (Universidad del Pacífico)

“El debate ya comenzó. El Proyecto de Ley Universitaria impulsado por el congresista Daniel Mora ha generado posiciones encontradas respecto a cuál debería ser su contenido. En esta ocasión abordaré solo tres (de los varios) artículos que a mi juicio deben ser modificados para mejorar este Proyecto.

El primer artículo que me gustaría cuestionar es el tercero. Aquí se define a la universidad como “una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica a los futuros profesionales con el fin de despertar una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural”. Concuerdo con esta definición. Sin embargo, me preocupa que únicamente considere como partes integradoras de la misma a los “docentes, estudiantes y graduados”. Yo me pregunto, ¿dónde quedó el personal administrativo que tanto trabaja día a día para que las universidades sigan funcionando? ¿A caso el gremio de los trabajadores no merece ser considerado como una de las partes integrantes? Por la importante labor que desempeñan es que considero que el personal administrativo también debe ser considerado dentro de esta concepción.

Mi segunda crítica va dirigida al numeral diecisiete del artículo catorce. Aquí se le otorga facultades a la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (SUNEU) para “supervisar que ninguna universidad tenga en su plana docente o administrativa personas condenadas por cualquiera de los delitos de terrorismo”. Aquí surge una clara violación a la presunción de inocencia y a la resocialización del reo. Si en teoría una persona ya cumplió su condena por delitos de terrorismo, esta debería de poder incorporarse a la sociedad sin ningún problema. Se estaría sancionando dos veces a una misma persona por el mismo delito, lo cual no es permitido por el Derecho Penal peruano. En adición, acorde con este artículo Nelson Mandela no hubiese podido ser profesor en ninguna universidad peruana.

Por último, el segundo párrafo del artículo diecinueve ha despertado mi inquietud al colocar como requisito para la creación de las universidades “acreditar la demanda cuantitativa y cualitativa insatisfecha de las carreras propuestas en su ámbito de acción”. Bajo este razonamiento no se podría crear universidades que innoven en el mercado de carreras como Derecho, Filosofía o Historia, ya que la demanda no está necesariamente “insatisfecha”. Esto impediría que se creen universidades de calidad con carreras tradicionales o poco comunes en el sector peruano.

Mi posición respecto al presente debate es decirle no al archivamiento y sí a sacar una nueva Ley Universitaria que sea el fruto del consenso y del debate entre los distintos miembros de la Comunidad Universitaria y el Congreso de la República. Solo así es que podremos tener un marco jurídico que sea propicio para mejorar los estándares de calidad de la educación superior en el Perú y por fin se proteja a las universidades de volverse meros instrumentos políticos”.

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